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sábado, 12 de enero de 2013

LAS TASAS JUDICIALES


El afán recaudatorio y la precipitación en paliar déficits han provocado la aparición de una norma técnicamente mala e injusta en muchos aspectos, cuya crítica ya se ha extendido por todos los medios.
Un efecto secundario pero importante de las nuevas tasas judiciales es que se haya puesto sobre la mesa el problema de los costes judiciales en España. Costes en los que las tasas inciden en mayor medida en cuanto el asunto es de inferior cuantía en su inicio, además las tasas incrementan los costes en los recursos que pretendan corregir los inevitables errores procesales que en la tramitación se producen. Los costes, llamados costas judiciales, siempre han tenido un efecto disuasorio para a acudir a los tribunales o para recurrir sus resoluciones y este efecto se ha incrementado con la repercusión que el debate sobre las tasas ha producido.
El ciudadano debe ser consciente que el mayor porcentaje de las costas judiciales son los honorarios de los profesionales que intervenimos en los procesos y que retribuyen nuestro trabajo con independencia del resultado que se obtenga y que estos honorarios no se han incrementado, al revés, se está produciendo un ajuste a la baja de los mismos porque no hay mínimos obligatorios y porque la oferta de servicios es desproporcionada a la demanda desde hace tiempo en este mercado y actualmente los abogados competimos por todos los medios para obtener ingresos.
No parece que, a pesar de anuncios interesados, en fechas próximas vaya a desaparecer el coste de la representación obligatoria a través de procuradores que es el segundo componente  importante de las costas judiciales, aunque con el actual Gobierno nunca se sabe.
La hoja de encargo al abogado y el presupuesto de honorarios deben generalizarse en los usos de la contratación entre clientes y abogados para que las relaciones sean verdaderamente transparentes y para que los costes puedan controlarse más por los ciudadanos.

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