El afán
recaudatorio y la precipitación en paliar déficits han provocado la aparición de
una norma técnicamente mala e injusta en muchos aspectos, cuya crítica ya se ha
extendido por todos los medios.
Un
efecto secundario pero importante de las nuevas tasas judiciales es que se haya
puesto sobre la mesa el problema de los costes judiciales en España. Costes en
los que las tasas inciden en mayor medida en cuanto el asunto es de inferior
cuantía en su inicio, además las tasas incrementan los costes en los recursos
que pretendan corregir los inevitables errores procesales que en la tramitación
se producen. Los costes, llamados costas judiciales, siempre han tenido un
efecto disuasorio para a acudir a los tribunales o para recurrir sus
resoluciones y este efecto se ha incrementado con la repercusión que el debate
sobre las tasas ha producido.
El
ciudadano debe ser consciente que el mayor porcentaje de las costas judiciales
son los honorarios de los profesionales que intervenimos en los procesos y que
retribuyen nuestro trabajo con independencia del resultado que se obtenga y que
estos honorarios no se han incrementado, al revés, se está produciendo un
ajuste a la baja de los mismos porque no hay mínimos obligatorios y porque la
oferta de servicios es desproporcionada a la demanda desde hace tiempo en este
mercado y actualmente los abogados competimos por todos los medios para obtener
ingresos.
No
parece que, a pesar de anuncios interesados, en fechas próximas vaya a desaparecer
el coste de la representación obligatoria a través de procuradores que es el segundo
componente importante de las costas
judiciales, aunque con el actual Gobierno nunca se sabe.
La hoja
de encargo al abogado y el presupuesto de honorarios deben generalizarse en los
usos de la contratación entre clientes y abogados para que las relaciones sean
verdaderamente transparentes y para que los costes puedan controlarse más por
los ciudadanos.
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