Buscando trabajos
académicos de viejos tiempos, me encuentro estos hechos penales propios de
un caso práctico y que ya he olvidado completamente:
Nekane que vivía en
Irún y trabajaba en Donostia en unión de su hermano Ricardo que
vivía en Hendaya y trabajaba en Irún se presentaron un día de
2003, antes de las 12 del mediodía, en el despacho de abogados
Kolpos sito en Donostia. Una vez allí pidieron ver al abogado
Cristóbal. No se habían relacionado personalmente con este abogado
desde la muerte de su padre Ricardo Sr. ocurrida en 2001, ocasión en
la que habían visitado su despacho por última vez y tampoco habían
tenido incidente alguno previo con dicho abogado, amigo de su difunto
padre y que en tal condición les había tratado con frecuencia en
vida de éste.
Cuando el abogado,
avisado de su presencia -pero no de las imprecaciones que Ricardo ya
había lanzado contra él-, por la recepcionista Eskarne salió –sin
precaución alguna por su relación amistosa previa-, a recibirles a
la sala de espera del despacho que se encuentra en su recepción y
aislada del resto de las instalaciones. Una vez en su interior Nekane
le distrajo pretextando enseñarle unos documentos, momento que
aprovechó Ricardo situado junto a la puerta para golpear
violentamente en la sien izquierda al letrado así sorprendido que
quedó indefenso, dado el punto de impacto, cayendo violentamente al
suelo después de golpear contra la pared de cristal del habitáculo,
continuando la agresión en la mandíbula, ojo izquierdo, los dos
lados de los parietales, cara y extremidades, acompañada de
expresiones como “Muérete” y análogas, hasta que Cristóbal fue
auxiliado por sus socios alarmados por los gritos de Ágata, otra
empleada del despacho, mientras que Nekane permanecía sentada
observando la agresión.
Los socios
retuvieron a ambos hermanos hasta la llegada de la policía. Como
consecuencia de la agresión Cristóbal sufrió una herida en párpado
superior y ceja izquierdos, esguince cervical, contusiones,
traumatismo craneal, fue intervenido quirúrgicamente y precisó
tratamientos médico, rehabilitador y sicológico, estuvo impedido
totalmente 36 días para su trabajo y precisó 43 días para su
estabilización lesional, presentando como secuelas definitivas
pequeñas cicatrices en párpado y proximidades del ojo izquierdo y
algunos vértigos esporádicos, además de que la agresión le rompió
las gafas y empapó de sangre la pajarita, dejándola inservible.
La vista oral,
recuerdo, completó el relato en cierto modo pero la sentencia
condenó solo a Ricardo, absolviendo a Nekane.
Y, una vez sacados del baúl, hay que devolver los recuerdos tristes al baúl con amnesia y naftalina, con perdón y olvido... lo importante es el futuro.
Y, una vez sacados del baúl, hay que devolver los recuerdos tristes al baúl con amnesia y naftalina, con perdón y olvido... lo importante es el futuro.
No hay comentarios:
Publicar un comentario