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sábado, 5 de mayo de 2018

FANTASMAS DEL PASADO



Buscando trabajos académicos de viejos tiempos, me encuentro estos hechos penales propios de un caso práctico y que ya he olvidado completamente:

Nekane que vivía en Irún y trabajaba en Donostia en unión de su hermano Ricardo que vivía en Hendaya y trabajaba en Irún se presentaron un día de 2003, antes de las 12 del mediodía, en el despacho de abogados Kolpos sito en Donostia. Una vez allí pidieron ver al abogado Cristóbal. No se habían relacionado personalmente con este abogado desde la muerte de su padre Ricardo Sr. ocurrida en 2001, ocasión en la que habían visitado su despacho por última vez y tampoco habían tenido incidente alguno previo con dicho abogado, amigo de su difunto padre y que en tal condición les había tratado con frecuencia en vida de éste.

Cuando el abogado, avisado de su presencia -pero no de las imprecaciones que Ricardo ya había lanzado contra él-, por la recepcionista Eskarne salió –sin precaución alguna por su relación amistosa previa-, a recibirles a la sala de espera del despacho que se encuentra en su recepción y aislada del resto de las instalaciones. Una vez en su interior Nekane le distrajo pretextando enseñarle unos documentos, momento que aprovechó Ricardo situado junto a la puerta para golpear violentamente en la sien izquierda al letrado así sorprendido que quedó indefenso, dado el punto de impacto, cayendo violentamente al suelo después de golpear contra la pared de cristal del habitáculo, continuando la agresión en la mandíbula, ojo izquierdo, los dos lados de los parietales, cara y extremidades, acompañada de expresiones como “Muérete” y análogas, hasta que Cristóbal fue auxiliado por sus socios alarmados por los gritos de Ágata, otra empleada del despacho, mientras que Nekane permanecía sentada observando la agresión.

Los socios retuvieron a ambos hermanos hasta la llegada de la policía. Como consecuencia de la agresión Cristóbal sufrió una herida en párpado superior y ceja izquierdos, esguince cervical, contusiones, traumatismo craneal, fue intervenido quirúrgicamente y precisó tratamientos médico, rehabilitador y sicológico, estuvo impedido totalmente 36 días para su trabajo y precisó 43 días para su estabilización lesional, presentando como secuelas definitivas pequeñas cicatrices en párpado y proximidades del ojo izquierdo y algunos vértigos esporádicos, además de que la agresión le rompió las gafas y empapó de sangre la pajarita, dejándola inservible.

La vista oral, recuerdo, completó el relato en cierto modo pero la sentencia condenó solo a Ricardo, absolviendo a Nekane.

Y, una vez sacados del baúl, hay que devolver los recuerdos tristes al baúl con amnesia y naftalina, con perdón y olvido... lo importante es el futuro. 

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