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sábado, 29 de diciembre de 2012

LA JUBILACIÓN


Cuando ya se tocan los 65 años pero estás haciendo un trabajo satisfactorio en lo personal –la universidad, la abogacía… siguen siendo adictivas-, cuesta plantearse la jubilación. Sin embargo, los nietos, los viajes, el ocio creativo que la jubilación permite también llama a cambiar de actividad.
Por otra parte este mundo globalizado plantea paradojas y obliga a pensar desde la cuna en ese tiempo –lo que yo no he hecho-, ya que jubilarse en España, Francia, Holanda, Vietnam, Reino Unido, Luxemburgo o Marruecos no es lo mismo y los sistemas –donde existen-, parecen todos pensados para quien hace sus aportaciones en el estado donde va a jubilarse.
Ayer  en España el Consejo de Ministros aprobó  un decreto ley que suspende la aplicación de la reforma de 2011 (PSOE)  en lo que se refiere a jubilación anticipada y parcial. De momento, sigue en vigor la ley anterior en este aspecto, aunque el resto de la reforma, sobre todo la parte que amplía gradualmente la edad de jubilación de 65 a 67 años y los años para el cómputo de la pensión de 15 a 25 sí entra en vigor, con un decreto que también se aprobó ayer.
Los artículos suspendidos en la ley de reforma de pensiones que tenían que entrar también en vigor el martes 1 de enero de 2013  establecen la edad mínima de 61 años para las jubilaciones anticipadas forzosas y los 63 para las voluntarias. Por lo que se aplican las condiciones actuales, es decir, como norma general puede acceder a una jubilación anticipada un trabajador con 30 años cotizados que lleve seis meses en el paro.
Ahora hay que esperar tres meses para ver qué se decide sobre el sistema español  en Bruselas o, lo más seguro, en Berlín.

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