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miércoles, 12 de agosto de 2015

AGENDA DE UN MIRÓN

LA SANTA ESTALAGMITA
-          Cuando el  11 de febrero de 1858, una niña imaginativa vio una señora en la forma de una estalagmita de una cueva  dio origen a un fenómeno polifacético desde alucinaciones colectivas hasta un negocio eclesiástico incesante.
Jean Duprat pensaba en aquella historia del pasado, bien presente en aquella calle comercial de Lourdes, mientras observaba, como era su obligación, el interminable desfile de carritos para inválidos y sillas de rueda que las camilleras voluntarias de la Santa Hermandad de Nuestra Señora de Zikuñaga llevaban hacia el complejo de templos y edificios que constituye el Santuario de Nuestra Señora de Lourdes. La caravana de dolientes atravesaba una calle comercial, llena de tiendas con nombres de resonancias a un catolicismo repelente y rancio, donde empresarios hindúes y judíos vendían recuerdos hechos en China a una clientela de irlandeses, italianos, polacos, españoles… que en toda época se acercan a la ciudad de los Pirineos. Duprat anotaba mentalmente los rasgos de los componentes de aquel grupo venido de España, sus superiores le habían ordenado mirar y no intervenir, pasara lo que pasara durante su estancia en Lourdes. Las acompañantes vestían de negro con faldas por debajo de la rodilla, un delantal blanco y una boina blanca completaban su atuendo de servidoras del dios de los vascos, porque el grupo era vasco: una doble cruz blanca y verde sobre fondo rojo figuraba en una chapa que se enganchaba en la boina.
El rojo por la sangre del cristo que la derramó por la salvación del pueblo vasco, el verdadero pueblo elegido digan lo que digan los israelitas –Duprat rememora para sí mismo una lectura de un folleto turístico-, el verde de la cruz en aspa por las viejas leyes que tuvieron los vascos no se sabe muy bien cuándo ni dónde y la cruz blanca por la santa iglesia que ha impuesto a los vascos el deber de extenderla entre indios, negros y otras gentes de color que no han tenido la suerte de nacer junto al mar Cantábrico, en el país que parece un enorme y accidentado terreno de golf.
Al pasar delante de Duprat, al cura gordo y de nariz colorada que parecía mandar aquella columna se le cayó un fálico cirio e impedido por su desmesurada barriga ni siquiera podía verlo entre sus pies, una joven, una “caserita” bonita de ojos negros, se agachó ágilmente y se lo tendió al clérigo que le sonrió con la lujuria contenida a la luz del día, propia de su profesión. Intercambiaron unas palabras en su idioma y la marcha se reanudó sin más incidentes.  El funcionario de información intentó recordar aquella broma grosera sobre la monja que se va  a confesar y el cura le debe explicar que una vela no le ha podido dejar embarazada pero algunos recuerdos juveniles se le han diluido en la cabeza.
Ya en la explanada, ordenada la turba de carricoches, rosarios, velas, velones, beatas, cantores desafinados, familias numerosas, carteristas, numerarios de secta… se espera el comienzo de una procesión con una mezcla de rutina e histeria esperanzada,  mientras el agente de los servicios de información se asoma a una basílica subterránea, siguiendo a la joven que se ha perdido del pelotón de sus correligionarias, porque esta escapada, que no cree involuntaria, de una gregaria le ha llamado la atención a su alerta policial.
A la entrada de aquella tripa hundida bajo el nivel freático, un gran retrato de un sonriente José María Escrivá de Balaguer, conocido estafador ambicioso que medró con él e hizo medrar al dictador católico que extinguió el espíritu de rebeldía de los españoles, le produjo una arcada a Duprat que unos lustros antes, al comienzo de su carrera, tuvo que lidiar con los secuaces enloquecidos de aquel tipo, el Marqués de Peralta se hacía llamar, que le quisieron asesinar en el túnel del Somport, pero esto es otra historia.

La joven se movía rápidamente bajo la bóveda sujeta por unos costillares similares a los de una fragata de madera pero de hormigón armado. Sin duda o conocía bien el lugar o tenía buenas instrucciones.

sábado, 8 de agosto de 2015

LA FORMA DEL DESPIDO: se puede despedir por whatsapp


“El despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos” Es el principio general en nuestro derecho y últimamente se están publicando mensajes confusos en los medios que pueden perjudicar los derechos de los trabajadores, dando a entender que no se puede despedir por whatasapp o por sms.
Viene a ser eficaz cualquier tipo de comunicación del despido que no sea impugnada dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha demostrada de su notificación por el trabajador despedido. O sea que ante un acto de despido que se reciba por el trabajador éste tiene solo 20 días para reaccionar –descontando domingos, sábados y festivos en el lugar del centro de trabajo-, procesalmente, reclamar contra el despido que le ha sido comunicado, sea como sea esta notificación.
Solo el juez de lo social puede declarar si un despido es eficaz o no y todos estos artículos se olvidan de ello..
En cuanto al whatsapp o el sms, no se puede decir que no sean una comunicación por escrito, un mensaje escrito por el empresario remitente en que figuren los hechos o causas del despido –sean disciplinarias u objetivas-, y la fecha de efectos de esta decisión es un mensaje escrito aunque al destinatario le llegue por pantalla en la que la lee y en la que se puede reproducir cuantas veces sea necesario, incluso en juicio.
Puede que haya jueces que entiendan que este documento en whatsapp o en sms no es tal y, por tanto, declaren improcedente el despido pero también hay jueces que entienden que “escrito” no es solo todo lo que está sobre papel y además lo cierto es que, en mi opinión, esta es la tendencia que se está imponiendo.

En resumen: si recibes un whatsapp de despido, corre al abogado.

jueves, 6 de agosto de 2015

LA EXPORTACIÓN DE “PICASSOS” NO ES UN CACHONDEO



La legislación vigente otorga una protección especial a las obras de arte declaradas expresamente como bienes de interés cultural y a aquellos bienes del Patrimonio Histórico Español que por su especial relevancia se hallen inscritos en el Inventario General de bienes muebles, lo que no parece que sea en el caso de la exportación por un banquero español de un Picasso de su propiedad –a través de una sociedad extranjera de tenencia de patrimonio-.
No existe una prohibición de exportación absoluta, sino que esta prohibición va referida, con carácter general, a la salida definitiva de los bienes del territorio español y a la salida temporal con opción de compra, por tanto se permiten las salidas de los bienes durante un determinado período de tiempo al cabo del cual los bienes tienen que regresar a España.
En todo caso, tanto para exportaciones definitivas como para exportaciones temporales, así como en el régimen de reexportación de los bienes previamente importados, el control del Estado sobre la exportación  de los bienes del Patrimonio Histórico Español pivota sobre la necesidad de solicitar previamente  y obtener de la Administración el correspondiente permiso de exportación, a partir de cierta antigüedad y valor de la obra, sometido a una tasa y, en los demás casos en que no se necesario permiso, siempre sometida la salida a declaración en la Aduana.
El procedimiento para la obtención del permiso de exportación viene regulado reglamentariamente.
La solicitud del permiso de exportación de los bienes que se encuentren en territorio nacional debe ser presentada por la persona que sea propietaria del bien o, en su caso, por una persona con capacidad de disponer sobre el bien o debidamente autorizada a tal efecto. Y si el Estado deniega el permiso, el bien queda inexportable.
Al parecer el Picasso en cuestión no estaba con tal permiso en el extranjero cuando ha sido intervenido por la Aduana francesa y el banquero alega que nunca entró en España ¿Por qué pidió entonces el permiso de exportación?