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miércoles, 18 de diciembre de 2013

PIDEN MÁS DE SIETE AÑOS DE PRISION PARA AGRESOR DE UN ABOGADO DONOSTIARRA

Aventuras espaciales de un héroe español
La Fiscalía de Gipuzkoa solicita que se imponga al acusado SSV por dos delitos continuados de coacciones tres años prisión por cada uno, esto es 6 años de prisión y por un delito de amenazas un año prisión más además de su inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, el pago de las costas del juicio, prohibición de acercarse a los perjudicados, el abogado AM y el promotor inmobiliario FAA en dos años a una distancia inferior a 200 metros y de comunicar con ellos por el mismo tiempo, la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por el periodo de dos años. Así mismo por un delito de Injurias doce meses multa, con una cuota diaria de 6 euros, con responsabilidad personal subsidiaria, lo que, en caso de impago, implica el incremento de su estancia en prisión, a lo que se añade, por último, una falta de lesiones con un castigo de un mes más de multa. El acusado deberá de indemnizar a  F AA y a AM en 3.000 euros con los intereses legales.

Esta petición de castigo se basa en los siguientes hechos que describe en su escrito de acusación la Fiscalía: el acusado tuvo una relación de negocios (Nota) con FAA consistente en la construcción de unos pisos en la localidad de Urnieta. A causa de desavenencias mantuvieron varios litigios, siendo AM el Letrado de FAA. Durante años el acusado considero que le debían de pagar una suma importante de dinero y al no conseguirlo comenzó a acosarles. Así:
El día 14 de abril de 2011 cuando AM salía de su despacho, ha observado panfletos tirados cuyo contenido era el siguiente: "Este abogado se llama AM, se enriquece con estafadores profesionales como el de la derecha de la foto y engaña a sus clientes con empresas de las que él es dueño. Basta ya de tanto estafador".
En fecha 23 de mayo de 2011 FAA se desplazó desde su domicilio en la localidad de Urnieta a San Sebastián. Una vez aquí, y mientras circulaba con su vehículo por la Calle Zubieta, vio a SSV en su vehículo, que circulaba por la misma vía. SSV se puso a la altura del vehículo del Sr. FAA a la vez que gritaba y gesticulaba hacia el mismo. Poco después, llegó AM que había quedado con el Sr. FAA y al verle comenzó a insultarle y a increparle diciéndole "maricón, hijo de puta, te voy a matar", propinándole a continuación un puñetazo en la cara, causándole un eritema en región maxilar izquierda y salió corriendo hasta que fue detenido por la Policía Municipal.
Desde el 26 de julio al 19 de agosto de 2.011 el acusado siguió al Sr. FAA desde su domicilio en Urnieta hasta su lugar de trabajo en Donostia.
El día 31 de agosto de 2011, el Sr FAA recibió una llamada de SSV en la que le decía que era un estafador, un delincuente, un ladrón, que no sabía cómo seguía vivo y que entendía que le quisieran matar.
El 2 de septiembre de 2011, AM recibió una llamada de su socia ER en la que le comunicaba que había múltiples panfletos en la entrada del despacho con una foto de AM junto al Sr FAA en los que se reflejaba que eran unos estafadores urbanísticos.
El día 8 de Septiembre en La Muela, Provincia de Zaragoza y el día 26 de Septiembre en frente del Juzgado de Guardia, en la calle Duque de Mandas, apeadero de Gross, Avda. de la Libertad, calle san Martín y en general por toda la ciudad, SSV ha ido colocando folletos y pasquines en los que hace referencia al Sr. FAA y al Sr. AM, siempre en tono ofensivo, calificándoles de ladrones y estafadores.
El Sr. FAA fue sometido a un reconocimiento psicológico por el Equipo Psicosocial del Juzgado en el que se ponía de manifiesto que presentaba un daño psicológico compatible con los hechos denunciados, presentado una afectación psicológica de tipo ansioso-depresivo compatible con la situación vivida. El Sr AM también se sometió a reconocimiento psicológico, en el que se ponía de manifiesto que también presentaba daño psicológico, compatible con los hechos denunciados.

A juicio de la Fiscalía, los hechos referidos son constitutivos de dos delitos continuados de coacciones del artículo 172-1 del Código Penal,  un delito de amenazas del artículo 169-1-2 del Código Penal, un delito de injurias del art. 208,209, 211 C. Penal y una falta de lesiones del art. 617-1 del C. penal.

Nota: Las víctimas siempre han negado la relación de negocios que afirma el acusado.
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