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domingo, 16 de febrero de 2014

LA REFORMA LABORAL NECESARIA

Trabajadores del salitre en Chile
Trabajadores del salitre en Chile (Photo credit: Wikipedia)
Se nos acusa a algunos de no hacer más que críticas negativas a la “recesión laboral”, a lo que se denomina interesadamente “reforma laboral” cuando no es más que demolición del Derecho Laboral. Voy a intentar hacer un esfuerzo positivo, exponiendo, al menos superficialmente, lo que creo que hay que reformar en la legislación laboral y que sería bueno abordar sin dilaciones. Es una exposición superficial, el Derecho Laboral ha tardado más de 200 años en construirse y sólo han hecho falta 10 años para hacerle dar un salto atrás inmenso o sea que no puedo hacer mucho en unas breves líneas.
El Estatuto de los Trabajadores era una exigencia constitucional y está redactado desde su primer artículo para establecer el encaje de los empleados en una organización empresarial capitalista que no discute nuestra Carta Magna en la que los intereses de los trabajadores son contrarios a los intereses de los empleadores. Habría que cambiar esta exigencia constitucional y verdaderamente concebir un Código del Trabajo en que se regulasen las relaciones laborales desde una filosofía de empresa capitalista moderna que pretende integrar los esfuerzos de unos y otros en la creación de riqueza, en que los trabajadores son a la vez equipo y clientes de las empresas y en la que los conflictos inevitables tienen vías regladas de solución.
Un aspecto constitucional y del Estatuto de los Trabajadores que considero esencial y que no ha sido desarrollado es la participación de los trabajadores en la empresa. Está enunciado en los textos pero no ha pasado de un “desiderátum” que no se ha querido en realidad. La participación del trabajador en la empresa se ignora por el legislador porque en realidad en la filosofía de la Constitución no se pretendía ¿Quién va a dar participación al enemigo en sus órganos de decisión? Y para los patrones, concebidos por los legisladores, sus asalariados son los enemigos.
Y, por ahora, hay un tercer aspecto que requiere una reforma urgente: los conflictos colectivos. La ley orgánica de huelga sigue pendiente, abortada en su momento después de ser aprobada por el Congreso, nunca ha sido retomada. La regulación de los conflictos colectivos, huelga inclusa, se ha abandonado a las fuerzas que el legislador considera enfrentadas en un marco tardofranquista con retoques del Tribunal Constitucional. En esta chapuza normativa pasa de todo y, menos mal, que esas fuerzas son más inteligentes que el legislador y llegan a componer los conflictos con tan malas herramientas.
Me dejo, por ahora, lo que hay que desmontar de estas modificaciones legales últimas incoherentes y que han judicializado innecesariamente las relaciones laborales individuales y colectivas. También me dejo la legislación sindical a un lado, los sindicatos de trabajadores son necesarios y esenciales en el funcionamiento de la economía, y el intervencionismo tuitivo o restrictivo del legislador me parece muy peligroso, son los trabajadores quienes van a hacer la evolución sindical con independencia de la voluntad de los padres de la patria.


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